Un creador de contenido recreó un video viral sobre una escena en la que una mujer hondureña recibe a un cobrador que llega a su vivienda para reclamar dos cuotas atrasadas.

En la grabación, la mujer reacciona de forma violenta, sale con machete en la mano y le lanza el artículo al supuesto cobrador.

En la descripción del video se lee la frase: “Porque la señora le debía dos cuotas. ¿Qué opinan ustedes? Cosas que solo pasan en Honduras”.

¿Es real el video?

El contenido generó confusión en redes sociales, ya que muchos usuarios creyeron que se trataba de un hecho real ocurrido en el país.

Sin embargo, el propio perfil del creador muestra múltiples videos con situaciones similares, lo que indica que se trata de recreaciones o contenido dramatizado.

En esta ocasión aparece un televisor como objeto de la escena, mientras que en otros videos utiliza elementos distintos como un ventilador, siempre dentro de escenarios cotidianos.

El clip provocó una ola de comentarios en los que los usuarios reaccionaron con sorpresa y puntos encontrados.

Entre las opiniones destacan frases como: “Si él solo es trabajador”, “él solo hace su trabajo”, “yo por eso no dejo nada porque sé que no voy a poder pagar” y “Yo por eso mejor ahorro y al tener el dinero voy y me lo compro de un solo”.

¿Qué dice la Ley de Protección al Consumidor con respecto a los cobros abusivos?

ARTÍCULO 68.- PRÁCTICAS ABUSIVAS.

“Sin perjuicio de las demás que, por vía de reglamentación, establezca la Autoridad de Aplicación se consideran prácticas abusivas y quedan prohibidas, las siguientes: realizar cobros utilizando medios que atenten contra el honor e imagen de los consumidores o a través de mecanismos intimidatorios o difamatorios”.

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