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Hay 18 órdenes de captura contra extraditables pendientes de ejecutar

Gustavo Sánchez, ministro de Seguridad, informó que la mayoría de solicitudes sin resolver datan de 2014, 2015 y 2016, en el Gobierno del expresidente Juan Orlando Hernández, quien enfrenta un juicio por narcotráfico en Estados Unidos.

El ministro aseguró que de esas órdenes pendientes, hay de tres a cuatro que pertenecen a extranjeros, mientras que las otras 14 corresponden al año 2014, y mencionó que son pocas las órdenes que durante su administración están pendientes de ejecutar.

Sánchez no especificó si entre las órdenes de captura pendientes de ejecución con fines de extradición se incluyen algunas dirigidas a figuras públicas reconocidas.

Si confirmó que la mayoría de las solicitudes pendientes son por delitos de narcotráfico enviadas por Estados Unidos.

Afirmó que durante su gestión, primero como director de la Policía Nacional y luego como ministro de Seguridad, la mayoría de las órdenes de captura por extradición han sido cumplidas.

"Solicitud que se recibe de inmediato se ejecuta la captura y si vienen más, las vamos a seguir cumpliendo", señaló.

La extradición

En Honduras, la ausencia de una ley que regule los procesos de extradición ha llevado a que las 40 solicitudes de extradición ejecutadas se hayan realizado mediante un auto acordado emitido por la Corte Suprema de Justicia.

Mediante el auto acordado implementado desde el año 2013, se ha llevado a cabo la extradición de el expresidente Juan Orlando Hernández (en sus mandatos de 2014-2018 y 2018-2022), a su hermano y exdiputado por el Partido Nacional, Juan Antonio “Tony” Hernández, al exdirector de la Policía Nacional, Juan Carlos Bonilla, diputados y líderes de carteles del narcotráfico.

La Maestría de Derecho Penal y Procesal Penal de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) ha enviado al Congreso Nacional una propuesta de Ley de Extradición.

La propuesta de ley también especifica los casos en los que la extradición de hondureños no procede. Estos incluyen situaciones en las que el Estado requirente carezca de competencia para juzgar los hechos imputados al individuo reclamado.

En segundo lugar, se establece que la extradición no procede cuando los delitos se cometieron en perjuicio del Estado de Honduras o en un territorio donde éste ejerza su jurisdicción.

Además, no procede la solicitud de extradición si los delitos imputados son los mismos por los cuales la persona está siendo juzgada o que cumplió condena en el Estado requerido, o si se le otorgaron amnistía, indulto o la sentencia ha sido absolutoria como resultado del proceso judicial.

Sin embargo, la propuesta de ley de la UNAH la rechazaron los diputados del Partido Nacional y del Partido Salvador de Honduras (PSH), así como por otros sectores, argumentando que podría dilatar los procedimientos de extradición.

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