En un paso decisivo hacia la protección de la integridad digital en el país, el Congreso Nacional de Honduras analiza una reforma que podría cambiar drásticamente las reglas del juego en el entorno virtual.

La diputada del Partido Libertad y Refundación (Libre) por el departamento de Cortés, Linda Frances Donaire, ha presentado oficialmente un proyecto de ley que busca tipificar como delito grave la difusión de contenido íntimo sin consentimiento, una práctica tristemente popularizada bajo el término de los “Packs”.

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La reforma presentada por la diputada Donaire busca crear un marco legal que garantice la protección de las personas frente a la violencia digital. Foto: Diseño de la IA

La iniciativa surge en un contexto donde la violencia digital ha escalado a niveles alarmantes, afectando principalmente a mujeres, jóvenes y niñas. La propuesta legislativa busca reformar el actual Código Penal para establecer sanciones que van desde los 3 hasta los 7 años de cárcel, enviando un mensaje contundente: la intimidad no es un objeto de negociación ni de burla.

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¿En qué consiste la reforma técnica?

El proyecto plantea modificar el decreto número 130-2017 del año 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta bajo la edición número 39,490. La intención es adicionar los artículos 272-A hasta el 272-G, los cuales detallan con precisión qué conductas serán castigadas en esta nueva era digital.

El artículo 272-A es la piedra angular de esta reforma, definiendo el delito como cualquier acto de difusión, publicación, venta, distribución o exhibición de material visual o audiovisual de carácter sexual sin el permiso explícito. La ley es clara: se entiende por contenido íntimo desde fotografías y videos hasta grabaciones de audio que muestren desnudez parcial o total o actividad sexual explícita.

Sujetos del delito: La cadena de responsabilidad

Uno de los puntos más necesarios se encuentra en el artículo 272-B. Este establece que la responsabilidad penal no solo recae en quien filtra el contenido originalmente, sino que se extiende a quien, habiendo recibido dicho material sabiendo que no es consentido, decida distribuirlo a terceros.

Esto significa que reenviar un "pack" por WhatsApp o grupos de Telegram podría convertir a cualquier ciudadano en un delincuente ante la ley hondureña.

Agravantes: Cuando el daño es mayor

La propuesta legislativa contempla escenarios donde la falta de escrúpulos amerita un castigo aún más severo. Según el artículo 272-C, la pena se agravará si la difusión se realiza con fines de:

  • Venganza, intimidación o acoso.
  • Chantaje o cualquier intención de causar daño psicológico.
  • Si la víctima es menor de edad o pertenece a un grupo vulnerable.

En estos casos, y si la difusión resulta en un daño significativo a la salud mental o seguridad de la víctima, las penas principales detalladas en el artículo 272-D ascienden de 5 a 10 años de prisión, sumado a multas que podrían llegar hasta los 100 salarios mínimos.

Respaldo de defensoras de Derechos Humanos

La propuesta ha sido recibida con optimismo por diversos sectores de la sociedad civil. Honorina Rodríguez, reconocida defensora de los derechos de las mujeres, destacó que esta reforma es clave para que los delitos digitales tengan penas "realmente coercitivas".

Anteriormente, estas agresiones solían minimizarse o recibir sanciones no disuasorias, pero con la nueva tipificación se busca frenar la impunidad.

Para Rodríguez, este tipo de iniciativas son fundamentales para garantizar los derechos humanos de las mujeres y frenar la violencia digital en un mundo cada vez más interconectado, donde un clic puede destruir la reputación y la vida de una persona en segundos.

Por ahora, el proyecto sigue su curso en la cámara legislativa, despertando un debate necesario sobre la privacidad y el respeto en el siglo XXI.

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