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Nuevo proceso de reunificación familiar para Honduras, El Salvador, Guatemala y Colombia

Los hondureños con residencia o ciudadanía en EE. UU. podrán solicitar el beneficio para hijos, hermanos o cónyuges que no tengan visa de inmigrante.

Desde este viernes 7 de julio de 2023, se implementa un nuevo proceso de reunificación familiar para los ciudadanos de Honduras, Colombia, El Salvador y Guatemala, anunció el Departamento de Seguridad Nacional de EEUU (DHS, por sus siglas en inglés).

Los procesos denominados de Parole para la Reunificación Familiar (RFP, por sus siglas en inglés) están dirigidos a las personas nacidas en los cuatro países.

Es para aquellos cuyos familiares son ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales y que han recibido una aprobación para reunirse con su familia en Estados Unidos.

Los hondureños, colombianos, salvadoreños y guatemaltecos que cumplan con estos requisitos, serán considerados para el Parole “caso por caso” por un periodo de hasta tres años.

“Mientras esperan para solicitar convertirse en residentes permanentes legales”, señala el comunicado del secretario de DHS, Alejandro Mayorkas.

Agrega, “el Departamento ha demostrado que la expansión de vías seguras, ordenadas y legales, combinada con una fuerte aplicación de la ley, es efectiva para reducir la migración irregular y peligrosa a los Estados Unidos”.

El programa

Este programa forma parte de las medidas anunciadas por DHS y el Departamento de Estado en el mes de abril de 2023.

Se inserta dentro de las estrategias de cara al fin del Título 42 y como una manera de “ampliar” las vías legales de migración hacia EE. UU.

Algunas otras medidas adoptadas fueron la apertura de centros de procesamiento en la región, la ampliación de citas a través de CBP One y el aumento en el número de refugiados que acepta el país cada año.

¿Cómo ser elegible?

El proceso de ser elegible para el programa RFP comienza con que los ciudadanos de los cuatro países sean beneficiarios de un Formulario I-130, conocido como petición de familiar extranjero.

Este documento lo somete la persona que reside en Estados Unidos en nombre de los miembros de la familia elegibles.

Las personas deben estar fuera de Estados Unidos para calificar a la reunificación familiar.

Además deben cumplir con todos los requisitos médicos y de evaluación rutinarios, además, no puede haber recibido una visa de inmigrante.

“Los procesos comienzan cuando el Departamento de Estado emite una invitación al ciudadano estadounidense o miembro de la familia residente legal permanente peticionario cuyo Formulario I-130, en nombre de un beneficiario colombiano, salvadoreño, guatemalteco u hondureño ha sido aprobado”, detalló DHS.

Los familiares deben ser hijos, hermanos o cónyuges del ciudadano o residente permanente.

DHS explicó que este nuevo proceso solo aplicará “de forma discrecional, caso por caso y temporal cuando se demuestren razones humanitarias urgentes o un beneficio público significativo”.

Las personas que reciban el Parole a través de la reunificación familiar también podrán solicitar una autorización de empleo mientras esperan que su visa de inmigrante esté disponible.

Una vez esto ocurre, pueden solicitar convertirse en residentes permanentes legales.

Dato

Estos programas son espejo de los programas de reunificación familiar ya existentes para Cuba, establecido en 2007, y para Haití, establecido en 2014.

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