Con la llegada de las elecciones generales, resulta clave entender quiénes pueden ejercer el voto en Honduras. Aunque la Constitución garantiza este derecho a todos los mayores de 18 años, no todas las personas están habilitadas para participar. Algunas disposiciones legales pueden limitar ese derecho en situaciones específicas.
También es importante conocer qué condiciones pueden suspender el sufragio de forma temporal o definitiva. Estas restricciones suelen aplicarse por motivos jurídicos o administrativos establecidos en la normativa electoral. Ignorarlas podría generar complicaciones para los ciudadanos interesados en votar.

A pocos días del proceso electoral, conviene estar al tanto de las prohibiciones vigentes. Informarse a tiempo evita sanciones y reduce el riesgo de quedar fuera del ejercicio democrático. Mantenerse actualizado es esencial para garantizar una participación segura y válida.
¿Quiénes no están habilitados para votar?
En Honduras, existen grupos que legalmente no pueden ejercer el derecho al voto:
- Miembros en activo de las Fuerzas Armadas
- Integrantes de la Policía Nacional
- Miembros de otras entidades estatales de seguridad
- Personas que estén bajo condena judicial
- Ciudadanos que no posean su Documento Nacional de Identidad (DNI)
- Personas que no figuren en el Censo Nacional Electoral ni en los cuadernos de votación
Restricciones electorales y aplicación de la ley seca en los centros de votación
Entre las normas electorales más importantes se encuentran las restricciones para ingresar a los centros de votación. La Ley Electoral establece que no se permitirá la entrada a quienes estén bajo efectos del alcohol o drogas, porten armas o exhiban colores, insignias o símbolos partidarios.
Asimismo, solo se admite acompañamiento en casos autorizados, como la asistencia a personas con discapacidad. El artículo 250 de la Ley Electoral refuerza que estos espacios deben mantenerse neutrales y libres de propaganda política para garantizar un proceso justo.

Para asegurar el orden, el Consejo Nacional Electoral (CNE) aplica la Ley Seca como medida preventiva durante la jornada. Esta regulación prohíbe actividades que puedan alterar la tranquilidad del proceso democrático.
La Ley Seca comenzará a las 6:00 a.m. del sábado 29 de noviembre y finalizará a las 6:00 p.m. del lunes 1 de diciembre. Durante este periodo se prohíbe la venta, distribución y consumo de bebidas alcohólicas a nivel nacional. También se restringen espectáculos públicos con el fin de mantener un ambiente seguro antes, durante y después de las elecciones.
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